En nuestro más de 18 años de experiencia ofreciendo servicios en salud ocupacional, nuestros clientes siempre han tenido dudas entre los anexos 16 y 16A a la hora de programar sus exámenes médicos ocupacionales, así que aquí le daremos solución.

El Anexo 16A, es un formato para el examen médico ocupacional de trabajadores que ingresarán a unidades mineras a realizar “labores especiales” por no más de 30 días consecutivos el cual tendrá vigencia por un año y está normado por el artículo 121 del DS-024-2016-EM, el cual fue modificado por el DS-023-2017-EM.

Las labores especiales a las que hace referencia dicho artículo son:

El Anexo 16A en el título del formato indica que es una evaluación médica para grandes altitudes (encima de 2,500 msnm) pero lógicamente para las labores señaladas anteriormente.

En ocasiones, el criterio médico puede permitir flexibilidad en los requisitos de salud ocupacional. Por ejemplo, un trabajador encargado de labores de mantenimiento de equipos podría necesitar pruebas adicionales, como se detalla en el anexo 16, dependiendo de las condiciones de riesgo específicas en las que trabaje, como en zonas de operación complejas o espacios confinados. Por otro lado, para personas que ingresen a la mina por un día de capacitación, podría ser más apropiado realizar un examen menos exhaustivo, como el anexo 16A, en lugar del completo.

Por otro lado, el DS-024-2016-EM, en su artículo 118, requiere que todos los trabajadores del titular minero y empresas contratistas deben de pasar el examen ocupacional (sea pre, periódico o de retiro) usando el formato del Anexo 16. Este examen contiene las pruebas necesarias para que un trabajador pueda laborar en la actividad minera.

Entonces, ¿El Anexo 16A tiene alguna prueba adicional a lo contemplado en el Anexo 16?

Al analizar el formato del Anexo 16A, notamos que no se solicitan pruebas adicionales más allá de lo que se requiere en el Anexo 16 cuando se completa de manera adecuada. Por lo tanto, los establecimientos de salud ocupacional que utilizan el Anexo 16 no necesitan agregar el Anexo 16A, que está destinado únicamente para ciertas labores especiales que requieren un examen más simplificado, según lo establece la normativa.

Para garantizar que el examen realizado bajo el Anexo 16 cumpla con todos los requisitos del Anexo 16A, es crucial que la entrevista de antecedentes abarque todos los aspectos relevantes para que un trabajador desempeñe sus labores en una empresa minera, especialmente aquellas ubicadas a altitudes superiores a los 2,500 metros sobre el nivel del mar.

Finalmente, al margen de que técnicamente, no es necesario hacer el Anexo 16A adicional al anexo 16, ello puede contribuir innecesariamente a un incremento del costo del examen.

Recuerda que en Salus Laboris siempre buscamos lo mejor para nuestros clientes.