En Perú, las empresas están obligadas a cumplir con una serie de normativas de salud ocupacional. Estas normativas están diseñadas para proteger la salud y la seguridad de los trabajadores. Sin embargo, cumplir con ello puede ser costoso, especialmente para las pequeñas y medianas empresas. El plan de Salud Ocupacional (SO) es un requisito especificado en la RM-571-2014-MINSA, que modificó la RM-312-2008-MINSA. Este plan de SO lógicamente es parte del Plan de Salud y Seguridad en el Trabajo (SST) y debiese incluir los aspectos preventivos para disminuir el riesgo de enfermedades ocupacionales (gestión de los riesgos físicos, químicos, biológicos, ergonómicos y psicosociales) así como la vigilancia médica y la gestión de los problemas de salud identificados.

En este artículo, conocerás cómo las empresas pueden diseñar e implementar un plan de salud eficiente, es decir que cumpla objetivos concretos al mejor costo:

Recomendaciones

  1. El presupuesto es directamente proporcional a la cantidad de objetivos y recursos que se incluyen en el plan de SO. Por tanto es muy importante considerar objetivos relevantes, concretos y que sean prioritarios para el año en que se planifica. Muchas veces se plantean objetivos muy generales y de baja relevancia por lo que se posponen hasta el final del año, pero como están planeados se debe ejecutar “para no perder” lo presupuestado.
  2. ¿Y cómo saber qué objetivos debemos incluir en el Plan de SO sin omitir temas críticos? Debemos partir desde una Línea Base (lo cual también es un requisito legal para elaborar el plan) donde se identifiquen los principales problemas / necesidades de salud ocupacional y se prioricen para el año. Esto permitirá que nuestro plan de salud ocupacional atienda las prioridades y genere un impacto al llegar a diciembre. Esta línea base debe contemplar entre otros aspectos:
    • Los riesgos para la salud evaluados en la matriz IPERC y sobre todo a partir del Monitoreo de Riesgos para la salud.
    • Estadística de casos sospechosos de enfermedad ocupacional (EO), las cuales deben contemplar casos de demanda.
    • Requisitos legales los cuales se deben interpretar con el mejor criterio posible, no todo tiene que hacerse en un año. Por ejemplo, la norma indica que la evaluación de riesgos debe actualizarse de manera anual (art 57, Ley 29783), sin embargo el empleador puede decidir que sean cualitativas y/o cuantitativas  (monitoreos) de acuerdo a los riesgos evaluados y su polìtica (art 84 DS-005-2012-TR).
    • Los monitoreos son necesarios (art 33 DS-005-2012-TR). Si ya se hicieron los monitoreos ocupacionales en el año, para el próximo año se podría planificar solo el monitoreo de las condiciones que se van a controlar o en los puestos donde hayan ocurrido cambios, para el resto puede ser suficiente una evaluación cualitativa de higiene y ergonomía especializadas si es que las condiciones no han van a cambiar.
  3. Una vez que se tengan los problemas de salud ocupacional bien identificados a partir de la línea base, se deben de priorizar acorde al presupuesto. No todo tiene que gestionarse en un año. Los problemas relacionados a exposiciones críticas muy por encima del límite máximo permisible, deberían ser priorizadas para no generar enfermos ocupacionales. El costo de los controles que se deben implementar en estos casos no tiene que ser parte del presupuesto del plan de S.O, sino debiera gestionarse para que el dueño del riesgo lo incluya en su presupuesto.
  4. Contagie a su equipo el sentido de eficiencia y contemplen actividades siempre con un sentido de usar el presupuesto adecuado. Recomendaciones puntuales para disminuir el presupuesto:No incluya audiometrías en el protocolo de los exámenes médicos ocupacionales de trabajadores cuya exposición a ruido es menor al nivel de acción (82dB para 8h). No exceda criterios o guías internacionales de “screening”, por ejemplo no contemple evaluar el colesterol todo los años en personas de bajo riesgo. No tiene que hacer radiografías todos los años en personas no expuestas a riesgos respiratoriosSi ha planteado las pausas activas como un control de desórdenes ergonómicos en un área, no tiene que contratar un personal de salud para que las haga cada vez. Entrene a los supervisores para que ellos se hagan cargo de hacer las pausas en su grupo de trabajo y entrene a más monitores.No evalúe el nivel de exposición todos los años en un lugar a determinado agente si las cosas no han cambiado, prefiera invertir en cambiar dicho escenario de riesgo.Revise la frecuencia de inspecciones. Si no puede con las observaciones de una inspección, amplíe los intervalos para que cada inspección le permita implementar los controles y no se llene de observaciones. 
  5. El programa de capacitaciones, que es un requisito legal, no lo tiene que hacer con especialistas, entrene a miembros de su equipo para que repliquen los conceptos que los trabajadores deben de conocer. Así mismo, si paga el SCTR, solicite a su Empresa Aseguradora que le brinde las capacitaciones, ellos tienen que realizar actividades preventivas por ley y retornar parte del presupuesto que las empresas pagan para el SCTR en dichas actividades. También puede utilizar cursos que son brindados gratuitamente por el Ministerio de Trabajo y Protección del Empleo.Si requiere vacunar a su personal, no tiene que comprar las vacunas, las puede conseguir en los establecimientos de salud del MINSA o EsSalud, es solo cuestión de coordinar.
  6. Busque opinión técnica de buen nivel en profesionales o empresas competentes que lo ayuden a definir el detalle de las actividades de su plan o consultar todas las dudas que se puedan generar.
  7. Una vez que el plan haya empezado a marchar, evalúe periódicamente el cumplimiento de objetivos y de metas. Verifique si el presupuesto se está cumpliendo. Si tiene ahorros, úselo en la gestión de riesgos que prevengan enfermedades.

Recuerda que, en Perú, las empresas están obligadas a cumplir con la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.