
La Resolución Ministerial N.° 546-2026-MINSA, publicada el 03 de junio de 2026, marca un nuevo hito en la gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) al establecer los lineamientos para la implementación de intervenciones de promoción de la salud en los centros laborales. Su objetivo es estandarizar las acciones preventivas que desarrollan las empresas, promoviendo estilos de vida saludables y fortaleciendo el bienestar integral de los trabajadores.
Si bien muchas organizaciones ya venían ejecutando campañas de salud, pausas activas, programas de alimentación saludable o actividades de bienestar como parte de sus Programas de SST o Planes de Vigilancia Médica, con esta nueva normativa dichas iniciativas deberán adecuarse a los criterios establecidos por el Ministerio de Salud. Para aquellas empresas que aún no cuentan con un programa estructurado, el desafío será implementarlo desde sus bases.
¿Qué exige la RM-546-2026-MINSA?
La norma dispone que las empresas planifiquen, implementen, evalúen y mejoren continuamente las intervenciones de promoción de la salud dirigidas a sus trabajadores. Estas acciones deben formar parte de la gestión de la salud ocupacional y estar integradas al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
En términos prácticos, la organización deberá:
*Elaborar políticas, normas internas y procedimientos relacionados con la promoción de la salud.
*Desarrollar programas de capacitación y sensibilización dirigidos a los trabajadores.
*Coordinar las acciones preventivas con el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.
*Promover espacios físicos saludables que favorezcan el bienestar de los colaboradores.
*Gestionar alianzas o convenios con instituciones públicas o privadas para ampliar los beneficios de promoción de la salud.
¿Qué temas debe abordar el programa?
La RM-546-2026-MINSA establece siete ejes temáticos mínimos que deben ser considerados dentro de las actividades de promoción de la salud:
*Alimentación saludable.
*Higiene y ambiente.
*Actividad física.
*Salud sexual y reproductiva.
*Salud mental y buen trato.
*Habilidades para la vida.
*Seguridad vial y cultura de tránsito.
Cada empresa deberá desarrollar actividades acordes con la naturaleza de sus operaciones, los riesgos ocupacionales presentes y las necesidades identificadas en su población trabajadora.
Las cinco fases para implementar el programa
La norma plantea un proceso de mejora continua compuesto por cinco etapas:
1. Preparación y línea base
2. Planeamiento
3. Implementación.
4. Evaluación
5. Mejora continua
¿Cómo incorporar este requisito al Plan de Salud Ocupacional?
Para cumplir con la RM-546-2026-MINSA se recomienda seguir los siguientes pasos:
1. Revisar la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Verificar que la promoción de la salud forme parte de los compromisos institucionales y de la cultura preventiva de la organización.
2. Incorporar un objetivo específico de promoción de la salud.
Dentro del Plan de Salud Ocupacional debe incluirse un objetivo orientado a promover estilos de vida saludables, respaldado por un programa específico.
3. Aplicar el cuestionario de línea base.
Utilizar el formato establecido en el Anexo 1 para identificar el nivel de cumplimiento actual y las necesidades de intervención.
4. Diseñar el programa de promoción de la salud.
Definir las actividades considerando los siete ejes establecidos por la norma y utilizar el formato del Anexo 2 para su planificación.
5. Asignar los recursos necesarios.
Es importante prever presupuesto, materiales educativos, presentaciones para capacitaciones, campañas de comunicación, afiches, convenios con instituciones de salud y demás recursos que aseguren la correcta implementación del programa.
6. Involucrar al Comité de SST.
Todas las actividades deben ser presentadas y discutidas con el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, promoviendo la participación de los trabajadores y registrando acuerdos y compromisos en las actas correspondientes.
Más que un requisito legal, una oportunidad
La promoción de la salud constituye una estrategia que beneficia tanto a los trabajadores como a las organizaciones. Empresas que promueven hábitos saludables, cuidan la salud mental, fomentan la actividad física y fortalecen el autocuidado logran mejorar el clima laboral, reducir el ausentismo, incrementar el compromiso de sus colaboradores y favorecer la productividad.
Por ello, la RM-546-2026-MINSA no debe entenderse únicamente como una obligación normativa, sino como una oportunidad para consolidar una cultura organizacional centrada en el bienestar integral de las personas.
Salus Laboris te acompaña en el cumplimiento de la nueva normativa
En Salus Laboris contamos con un equipo multidisciplinario especializado en salud ocupacional que acompaña a las empresas en la implementación de los nuevos requerimientos establecidos por la RM-546-2026-MINSA. Brindamos asesoría para el diseño e implementación de Programas de Promoción de la Salud, elaboración de líneas base, desarrollo de campañas preventivas, capacitaciones, vigilancia médica ocupacional y seguimiento de indicadores, garantizando el cumplimiento de la normativa vigente.