La Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo (Ley 29783), en el artículo 68, numeral de la Ley de Salud y Seguridad en el Trabajo -SST, establece que la empresa principal es responsable de garantizar el cumplimiento de la normativa de SST en sus instalaciones, incluso cuando trabajan allí contratistas, subcontratistas, empresas de servicios y cooperativas.

Así mismo, en dicho requisito legal, se señala que “en caso de incumplimiento, la empresa principal es la responsable solidaria frente a los daños e indemnizaciones que pudieran generarse”.

Los exámenes médicos ocupacionales, son justamente parte de los requisitos en materia de seguridad y salud en el trabajo, establecido en el art 49 de la Ley 29783 y está especificado en el artículo 101 del Reglamento de SST (DS-005-2012-TR), el cual tuvo una última modificación con el DS-016-2016-TR.

Por tanto la empresa principal es responsable solidaria del incumplimiento de los exámenes médicos ocupacionales, tanto en trabajadores propios como en contratistas y subcontratistas.

Las sanciones por el incumplimiento de los requisitos legales están establecidas en el artículo 31 de la Ley general de inspección en el trabajo (Ley 28806). Esta ley establece la gravedad de las faltas (infracciones) como Leves, Graves y Muy Graves.

El artículo 42 de la misma ley, recalca que la empresa principal es responsable solidaria de la infracciones en materia de salud y seguridad en el trabajo y responderá directamente.

El incumplimiento de la realización de los exámenes médicos es considerado una falta grave en el artículo 27 del Reglamento de dicha Ley 28806 (DS-019-2006-TR modificado recientemente por el DS-015-2022-TR)

La cuantía y las sanciones sobre las infracciones referidas, están establecidas en el artículo 39 de la señalada Ley 28806 y modificada por la Ley 29981 (Ley que crea la SUNAFIL). En esta disposición se señala que la sanción por infracciones graves, como es normalizar los exámenes médicos ocupacionales en propios o contratistas y subcontratistas, es una multa que puede llegar a 100 UIT dependiendo del tamaño de la empresa.

Por tanto, siendo para el 2023, el valor de una UIT de 4,950 soles, una multa por incumplimiento dé los exámenes médicos ocupacionales podría llegar a 495,000 soles.

¿Cómo debe gestionar este riesgo legal?

Al margen de que por política, es necesario velar por la salud de todos los trabajadores, los responsables de la salud y seguridad de las empresas deben de gestionar este riesgo legal:

  1. Los contratistas deben de ser advertidos sobre la necesidad de cumplir todos los requisitos en materia de SST, incluyendo sus subcontratistas.
  2. La empresa principal debe implementar un listado de requisitos para contratistas el cual debe incluir todos los requisitos legales necesarios.
  3. La empresa principal debe auditar periódicamente dicho listado de requisitos, el cual debe incluir la ejecución de los exámenes médicos ocupacionales.
  4. Para verificar el cumplimiento de los exámenes médicos ocupacionales, los cuales deben de realizarse de acuerdo a los riesgos del puesto y los protocolos de dicho examen que la empresa principal haya establecido, se debe establecer un procedimiento de verificación en contratistas, considerando que los certificados de aptitud de los EMOs puede ser realizado por un personal no médico inclusive. Al margen de ello el médico ocupacional de la empresa principal (o el asesor médico en caso no sea un personal permanente) debe auditar dichos exámenes y garantizar su idoneidad.

Conclusión:

El cumplimiento de la normativa de SST en los exámenes médicos ocupacionales es una responsabilidad legal de la empresa principal, con importantes repercusiones en caso de incumplimiento. La gestión proactiva de este riesgo legal es fundamental para proteger la salud de los trabajadores y evitar multas significativas.

-Salus Laboris